SB Consultoria

Parcelas con fines agrícolas, pecuarios, forestales o mixtos

Fuera del GAM tienen un área mínima de 5000m2, dentro del Gam el área mínima es de 7000 m2.

Tienen una cobertura máxima del 25% distribuida de la siguiente manera:

  1. Una vivienda unifamiliar con un área máxima de 300 m2 en una o dos plantas.
  2.   Casas para los trabajadores e infraestructura agroturística asociada a la actividad agropecuaria. 

La sumatoria de todas estas actividades no debe exceder el 10% de la cobertura.

Las servidumbres deben un ancho mínimo de 7.00m.

Para el visado de estas parcelas se requiere documento de aprobación del estudio de suelos y de la capacidad de las por parte del Organismo de Inspección del INTA.  Este documento debe ser elaborado por un certificador de uso conforme del suelo autorizado.

Cuando existan predios frente a calle pública para fines agrícolas, pecuarios, forestales o mixtos, estos pueden fraccionarse en áreas no menores a 900 m2.  No se requiere garantía de disponibilidad de agua, hasta que se tramite un permiso de construcción.

Comparta esta publicación: