Fuera del GAM tienen un área mínima de 5000m2, dentro del Gam el área mínima es de 7000 m2.
Tienen una cobertura máxima del 25% distribuida de la siguiente manera:
- Una vivienda unifamiliar con un área máxima de 300 m2 en una o dos plantas.
- Casas para los trabajadores e infraestructura agroturística asociada a la actividad agropecuaria.
La sumatoria de todas estas actividades no debe exceder el 10% de la cobertura.
Las servidumbres deben un ancho mínimo de 7.00m.
Para el visado de estas parcelas se requiere documento de aprobación del estudio de suelos y de la capacidad de las por parte del Organismo de Inspección del INTA. Este documento debe ser elaborado por un certificador de uso conforme del suelo autorizado.
Cuando existan predios frente a calle pública para fines agrícolas, pecuarios, forestales o mixtos, estos pueden fraccionarse en áreas no menores a 900 m2. No se requiere garantía de disponibilidad de agua, hasta que se tramite un permiso de construcción.