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Ampliaciones de vía por desarrollo de proyectos

Cuando se piense desarrollar una propiedad que enfrenta un derecho de vía menor a 14.00, fuera de urbanización, el desarrollador tiene la obligación ampliar la mitad de la vía en todo el frente del predio. Debe además realizar las mejoras a esa media vía, lo cual incluye la media calzada, cordón y caño, acera y zona verde. En el lado opuesto del caño se deben hacer las obras necesarias para proteger el pavimento.

Si el derecho de vía no se puede ampliar del lado opuesto al predio, la Municipalidad puede por acuerdo del Concejo Municipal, exigir ceder una franja de terreno mayor para regularizar el derecho de vía, al desarrollador del proyecto.

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