Es posible poder tener acceso a un condominio a través de servidumbre ya sea existen o que se constituya en la escritura de inscripción al régimen.
La servidumbre para estos efectos debe contar con una red de hidrantes, servicios de conducción de energía eléctrica, telecomunicaciones, abastecimiento de agua potable y evacuación de aguas residuales y pluviales.
Estas servidumbres no tienen longitud mínima ni máxima, para condominios residenciales estos son los anchos mínimos:
Para otros usos estos son los anchos mínimos: